Capítulo 69
PRODUCTOS CERÁMICOS
10 partidas y 41 posiciones arancelarias en la edición BO 2026, vigente desde el 01/01/2026.
Notas legales que rigen este capítulo
Son vinculantes: las Reglas Generales de Interpretación 1 y 6 las ponen por encima de la descripción de la partida. Definen qué queda excluido de este capítulo y qué se le suma, así que una clasificación hecha sin leerlas puede ser incorrecta aunque la descripción parezca encajar.
Notas · capítulo 69
1. Este Capítulo solo comprende los productos cerámicos cocidos después de darles forma:
a) las partidas 69.04 a 69.14 comprenden exclusivamente los productos que no puedan clasificarse en las partidas 69.01 a 69.03;
b) no se pueden considerar cocidos los productos que se han calentado a temperaturas inferiores a 800 °C para provocar el endurecimiento de las resinas que contienen, la aceleración de las reacciones de hidratación o la eliminación de agua o de otras sustancias volátiles eventualmente presentes. Estos productos están excluidos del Capítulo 69;
c) los artículos cerámicos se obtienen cociendo materias no metálicas inorgánicas después de haberlas preparado y de darles forma previamente, normalmente a temperatura ambiente. Las materias primas utilizadas son entre otras la arcilla, materias silíceas (incluida la sílice fundida), materias con punto de fusión elevado tales como los óxidos, carburos, nitruros, grafito u otros carbonos y, en algunos casos, aglomerantes tales como arcillas refractarias y fosfatos.
2. Este Capítulo no comprende:
a) los productos de la partida 28.44;
b) los artículos de la partida 68.04;
c) los artículos del Capítulo 71 (por ejemplo, bisutería);
d) los cermets de la partida 81.13;
e) los artículos del Capítulo 82;
f) los aisladores eléctricos (partida 85.46) y las piezas aislantes de la partida 85.47;
g) los dientes artificiales de cerámica (partida 90.21);
h) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares de relojes u otros aparatos de relojería); ij) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, luminarias y aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas);
k) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
l) los artículos de la partida 96.06 (por ejemplo, botones) o de la partida 96.14 (por ejemplo, pipas);
m) los artículos del Capítulo 97 (por ejemplo, objetos de arte).
Qué cambió en este capítulo
Decreto Supremo 5646 dejó aplicados 41 valores en 41 posiciones de este capítulo, con vigencia desde el 06/07/2026.
Reduce en 5 puntos el GA de todo el universo arancelario (40 a 35 ... 5 a 0), hasta el 31-dic-2027. DS 5646.
Partidas de este capítulo
Las partidas son los primeros cuatro dígitos del código. Cada una se abre después en subpartidas y en aperturas nacionales, que son las que llevan el gravamen.
- 6902Ladrillos, placas, baldosas y piezas cerámicas análogas de construcción, refractarios, excepto los de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas.
- 6903Los demás artículos cerámicos refractarios (por ejemplo: retortas, crisoles, muflas, toberas, tapones, soportes, copelas, tubos, fundas, varillas, compuertas deslizantes), excepto los de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas.
- 6904Ladrillos de construcción, bovedillas, cubrevigas y artículos similares, de cerámica.
- 6905Tejas, elementos de chimenea, conductos de humo, ornamentos arquitectónicos y demás artículos cerámicos para construcción.
- 6907Placas y baldosas, de cerámica, para pavimentación o revestimiento; cubos, dados y artículos similares, de cerámica, para mosaicos, incluso con soporte; piezas de acabado de cerámica.
- 6909Aparatos y artículos, de cerámica, para usos químicos o demás usos técnicos; abrevaderos, pilas y recipientes similares, de cerámica, para uso rural; cántaros y recipientes similares, de cerámica, para transporte o envasado.
- 6910Fregaderos (piletas de lavar), lavabos, pedestales de lavabo, bañeras, bidés, inodoros, cisternas (depósitos de agua) para inodoros, urinarios y aparatos fijos similares, de cerámica, para usos sanitarios.
- 6911Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana.
- 6913Estatuillas y demás artículos para adorno, de cerámica.
- 6914Las demás manufacturas de cerámica.